Tres
leyes reglamentarias
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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
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LEY DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA
EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
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LEY GENERAL DEL SERVICIO DOCENTE
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Establece el Sistema de
Información y Gestión Educativa que manejará un padrón nacional de
alumnos, docentes, instituciones, centros escolares, y llevará el control de
documentos académicos. El censo estará a cargo del INEGI.
Además, la ley incluye disposiciones como
prohibir cobro de cuotas en educación básica o media superior.
También faculta al Estado a
la inspección de los servicios educativos impartidos por escuelas
particulares y fortalece la educación especial y la Educación Inicial, así
como la educación a distancia.
·
Gestión
escolar. La autonomía de gestión no implica la privatización de las escuelas,
sino la posibilidad para que puedan tomar las decisiones que permitan su
mejor funcionamiento, siempre dentro de la normatividad de carácter general.
·
Gratuidad.
Las reformas a la ley fortalecen el principio de gratuidad de la educación
impartida por el Estado, al incorporar la prohibición de condicionar la inscripción,
acceso, los exámenes o la entrega de documentos al pago de contraprestación
alguna.
·
El
Sistema de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE). La ley incorpora como una
facultad de las autoridades educativas el coordinar y operar un sistema de
asesoría y acompañamiento a las escuelas públicas de educación básica y media
superior, como apoyo a la mejora de la práctica profesional.
·
Escuelas
de Tiempo Completo.
·
Sistema
de Información y Gestión Educativa (SIGED).
·
Alimentación.
Se incorpora en la ley la prohibición en las escuelas de alimentos que no
favorezcan la salud de los educandos.
·
Se
establece como una medida para fortalecer la equidad educativa el compromiso,
por parte del Ejecutivo Federal, de revisar la fórmula del Fondo de
Aportaciones de la Educación Básica y Normal (FAEB).
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Da la facultad de evaluar —con autonomía
técnica y presupuestaria— la calidad, desempeño y resultados del sistema
educativo nacional en la educación básica y media superior, privada y
pública.
Podrá expedir los
lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas para evaluar a
través de concursos de oposición para el ingreso al servicio docente, la
promoción, y la evaluación del desempeño docente y de quienes ejercen
funciones de dirección y de supervisión.
·
La
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
·
Corresponde
al INEE evaluar la calidad, el desempeño y los resultados del sistema
educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media
superior.
·
Conforme
a su ley de creación, el INEE tiene diversas atribuciones, para cumplir con
sus objetivos.
·
El
INEE debe ser una garantía de imparcialidad y seriedad en las evaluaciones.
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Para la educación básica y media superior
que imparta el Estado regula el ingreso, promoción, reconocimiento y
permanencia.
Facultades del INEE
La
legislación permite que ONG participen como observadores en los procesos de
evaluación, y evita que los maestros sean cambiados de escuela durante el
ciclo escolar, salvo causas de “fuerza mayor”.
·
La
Ley desarrolla y reglamenta la Reforma Constitucional de los artículos 3º y
73.
·
La
Ley establece mecanismos de apoyo y plantea la evaluación como un instrumento
indispensable para mejorar la educación.
·
La
norma responde a los factores más relevantes del proceso educativo: la
actividad docente y las funciones de dirección y supervisión.
·
Entre
las principales ventajas de la Ley están nuevas opciones para el desarrollo
profesional de los docentes.
·
Para
el ingreso, la Ley precisa los términos y criterios conforme a los que se
llevarán a cabo los concursos de oposición para el ingreso al servicio.
·
Para
el reconocimiento de los profesores, la Ley prevé que el personal docente,
directivo o de supervisión que destaque en su desempeño pueda ser objeto de
reconocimiento.
·
La
ley prevé el establecimiento de un programa de regularización progresiva de
plazas directivas.
·
La
calidad técnica del INEE será conducente a que ese calendario permita la
participación de los maestros en la elaboración de las propuestas de
perfiles, parámetros e indicadores, así como el necesario proceso de
maduración de los instrumentos de evaluación.
·
La
Ley está construida sobre la base de la confianza en los maestros y considera
su vocación y potencial.
·
La
Ley asegura la igualdad de oportunidades.
·
Los
principales objetivos de la Ley son cuatro.
·
La
Ley establece reglas para propiciar evaluaciones justas que dignifiquen la
profesión docente y ayuden a mejorar los procesos y resultados educativos del
sistema.
·
Para
la promoción, se establece que la evaluación es el criterio central para las
promociones, en función de los conocimientos y las capacidades de los
aspirantes.
·
Para
la permanencia, la Ley prevé la aplicación de una evaluación integral que
permita conocer el desempeño de docentes, directivos y supervisores.
·
Las
evaluaciones que se lleven a cabo conforme a la ley serán transparentes,
objetivas y justas.
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PUNTOS
ESPECIFICOS
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·
Dar sólo tres oportunidades a los maestros para ser evaluados, y
en caso de no aprobar los niveles de eficiencia, serán readscritos a otra
área o bien podrán inscribirse a los programas de retiro
·
Se plantea que para
concursar una plaza docente quienes resulten elegidos tendrán un periodo de
inducción y serán evaluados cada año para determinar si cumplen o no con los
estándares requeridos
·
Incluye sanciones para
despedir a los maestros que falten a laborar tres días consecutivos sin
justificación, o tres veces al mes
·
Se busca sustituir la
Carrera Magisterial para que las promociones estén relacionadas con un
desempeño destacado y en continuo avance
·
Propone terminar con
la asignación discrecional de plazas para que las autoridades educativas sean
quienes administren la asignación de éstas con estricto apego al orden de relación de quienes resultaron idóneos en los concursos.
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viernes, 20 de junio de 2014
la ley general de Educación y las tres leyes reglamentarias
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