sábado, 9 de agosto de 2014

ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO 



















ACUERDOS Y REGLAMENTOS 

La educación preescolar debe ofrecer a los niños la oportunidad de desarrollar su creatividad, de afianzar su seguridad afectiva y la confianza en sus capacidades, estimular su curiosidad y efectuar el trabajo en grupo con propósitos deliberados. Asimismo, debe aprovechar el interés de los niños en la exploración de la palabra escrita y en actividades que fomenten el razonamiento matemático. En el nivel preescolar, los niños adquieren la noción, aparentemente sencilla pero fundamental, de que la escritura representa al lenguaje oral y comunica ideas sobre objetos, acciones y situaciones.
Sin embargo los  acuerdos y reglamentos que rigen al Sistema Educativo, pero en particular en la Educación Preescolar, se puede decir que esta es obligatoria y atiende a niños de 4 y 5 años de edad y se imparte generalmente en tres grados. El primero y el segundo grados atienden a niños de 3 y 4 años; el tercer grado a los de 5 años.  La educación preescolar se ofrece en tres modalidades: general, indígena y cursos comunitarios.  La “Ley General de Educación” establece en su artículo 37 que el nivel preescolar, junto con el de primaria y el de secundaria, forma parte de la educación de tipo básico.  La educación preescolar general es un servicio que ofrecen la Secretaría de Educación Pública, los gobiernos de los estados y los particulares en los medios rural y urbano.


Articulo 3° Constitucional 


El artículo tercero constitucional establece que todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. La educación proporcionada por el Estado, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional. Se establece también que toda la educación que el Estado imparta será gratuita y que éste promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior; apoyará la   investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y difusión de la

cultura de México. La educación que ofrece el Estado debe ser laica, por tanto ajena a cualquier doctrina religiosa, y estará orientada por los resultados del progreso científico. La educación también se guía por el principio democrático, considerando a la democracia no sólo como estructura jurídica y régimen político, sino como sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural de las personas. La Ley General de Educación, amplía algunos de los principios establecidos en el artículo tercero constitucional. Esta ley señala que todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional; que la educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; y que es un proceso permanente orientado a contribuir al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad. El proceso educativo debe asegurar la participación activa del educando y  estimular su iniciativa y su sentido de responsabilidad.


Leyes reglamentarias 


El gobierno federal propone en las leyes secundarias reglamentarias de la reforma educativa dar sólo tres oportunidades a los maestros para ser evaluados y, en caso de no aprobar los niveles de eficiencia, dar por terminado su nombramiento.
En la ley del Servicio Profesional Docente, enviada el martes al Congreso junto con la Ley General de Educación y la Ley para el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, se advierte que el personal que ya tenga nombramiento definitivo a la entrada en vigor de la reforma deberá ser evaluado y si en tres intentos no alcanza niveles de calidad, no será despedido; será readscrito a otra área o bien podrá inscribirse a los programas de retiro.
El Ejecutivo plantea además una nueva forma para realizar los concursos de oposición entre aspirantes a una plaza, pues quienes resulten elegidos se incorporarán al servicio sujetos a un periodo de inducción con duración de dos años ininterrumpidos; serán evaluados cada año y al final, para determinar si cumplen o no con estándares requeridos. En caso contrario, “se darán por terminados los efectos de su nombramiento”.
Carrera Magisterial desaparece
La reforma plantea sustituir la Carrera Magisterial para que las promociones estén relacionadas con un desempeño destacado y en continuo avance; busca terminar con la asignación discrecional de plazas, pues plantea que corresponderá a las autoridades educativas administrar la asignación de éstas con estricto apego al orden de prelación de quienes resultaron idóneos en los concursos, diseñar programas de reconocimiento y cursos para la formación continua del personal.
Las nuevas formas de ingreso se aplicarían a partir de julio próximo.
La reforma aclara que los resultados de las evaluaciones a maestros no deberán dar lugar a procedimientos de sanción ni tener consecuencias administrativas o laborales.
Las iniciativas fueron turnadas a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, mientras integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación bloqueban los accesos al Senado.
La Ley General de Educación establece el Sistema de Información y Gestión Educativa que manejará un padrón nacional de alumnos, docentes, instituciones, centros escolares, y llevará el control de documentos académicos. El censo estará a cargo del INEGI.
Además, la ley incluye disposiciones como prohibir cobro de cuotas en educación básica o media superior.
También faculta al Estado a la inspección de los servicios educativos impartidos por escuelas particulares y fortalece la educación especial y la Educación Inicial, así como la educación a distancia.
La Ley del Servicio Profesional Docente para la educación básica y media superior que imparta el Estado regula el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia.
Facultades del INEE
La legislación permite que ONG participen como observadores en los procesos de evaluación, y evita que los maestros sean cambiados de escuela durante el ciclo escolar, salvo causas de “fuerza mayor”.
En cuanto a la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que debe aprobarse antes del 26 de agosto, da la facultad de evaluar —con autonomía técnica y presupuestaria— la calidad, desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación básica y media superior, privada y pública.
Podrá expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas para evaluar a través de concursos de oposición para el ingreso al servicio docente, la promoción, y la evaluación del desempeño docente y de quienes ejercen funciones de dirección y de supervisión.





Organización y funcionamiento de los 

Jardines de niños.




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